V Inciso W

w) El estado de la deuda pública del sujeto obligado, donde se señale cuando menos responsable de la autorización, fecha de contratación, monto del crédito, tasa de interés, monto total amortizable, plazo de vencimiento, institución crediticia, objeto de aplicación y avance de aplicación de cada deuda contratada.

La Deuda Pública, se contrae y se integra por todo el Poder Ejecutivo y no por dependencia u organismo, lo anterior con base en el artículo 5° de la Ley de Deuda Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, la cual señala entre otras cosas, que el Estado, previa autorización del Congreso del Estado, podrá contratar deuda directa en los términos de esta Ley.

 

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Actualizado al 1ro de Marzo de 2021